![]() |
| Las empresas prestadoras de servicios "no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios". |
viernes, 19 de junio de 2020
Vía decreto 543/2020, el Gobierno prorrogó "el plazo establecido en el artículo 5° de la Ley N° 27.541 - Ley de Solidaridad Social y Re activación Productiva en el marco de la Emergencia Pública
Suscribirse a:
Comentarios (Atom)
-
Cuando un electrodoméstico se quema debido a fallas en la tensión; el cliente tiene derecho a que la distribuidora de energía eléctrica le r...
